
El Colegio Médico del Sur del Chubut informa que, a partir del 1 de septiembre de 2025, la Obra Social OSDIPP implementó un nuevo sistema de control sobre la cantidad de consultas médicas anuales autorizadas a sus afiliados.
Principales puntos a tener en cuenta:
✅ Límite de 12 consultas anuales sin necesidad de autorización previa.
✅ A partir de la consulta N.º 13, el afiliado deberá gestionar autorización previa mediante el mail designado por OSDIPP.
✅ En caso de rechazo en el sistema al momento de validar, la consulta deberá cobrarse en forma particular, entregando la factura correspondiente para que el afiliado gestione reintegro o reprograme turno con autorización.
✅ No se podrán asignar sobreturnos por esta situación.
Importante:
📌 Recetas y certificados constituyen un acto médico y corresponde el cobro de la consulta cuando no se realizan en el mismo acto médico.
📌 Consultas virtuales (teléfono, WhatsApp, redes sociales, etc.) no están contempladas por OSDIPP y deben cobrarse como consultas particulares.
